Horas extras
Horas extras nocturnas: cómo pagarlas y organizarlas en la empresa
Debido a varios cambios en la normativa colombiana, la gestión de horas extras nocturnas ha cambiado. ¡Entérate de cómo gestionarlas!
Horas extras
Debido a varios cambios en la normativa colombiana, la gestión de horas extras nocturnas ha cambiado. ¡Entérate de cómo gestionarlas!
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Enrique Laradola
HR Consultant
3 de noviembre, 2022
Las horas extras nocturnas en Colombia han sufrido una serie de cambios en los últimos años. Sobre todo, por las situaciones económicas del país. Por ello, hoy en día contar con una bolsa de horas extras es crucial para su gestión.
Estos cambios han generado un rechazo por parte de los gremios sindicales del país. ¿La razón? Según ellos:
En este sentido, la ley 789 de 2002 dispuso una propuesta para reconocer las horas extras. Según el órgano, estas irían desde las 9 de la noche hasta las 6 de la mañana del día siguiente.
Con esta nueva ley, hicieron un recorte de 3 horas nocturnas. Estas se comprendían desde las 6 a.m. hasta las 9 p.m.
En Colombia, el Código Sustantivo del Trabajo (CST) estipula que la jornada laboral es máximo de 48 horas semanales. Y por ello, muchas empresas establecen horarios de 9 horas de lunes a sábado. Y aparte, una hora de almuerzo.
Sin embargo, en 2021 el gobierno sancionó la ley 2101. Esta es la que reduce la jornada laboral semanal de forma gradual. Eso sí, sin disminuir el salario de los empleados.
Dicha reducción consiste en bajar de 48 a 42 las horas laborales por semana.
Asimismo, esta ley contempla la reducción de la jornada laboral. Esta la añade el empleados de forma gradual.
Sin embargo, el jefe también podrá optar por acogerse de una vez a las 42 horas semanales. Sobre todo, con la entrada en vigencia de la ley 2101.
Las horas extraordinarias son aquellas en las que alguien trabaja fuera del horario fijado en su contrato. Estas son conocidas también como trabajo suplementario.
Se pueden calcular teniendo en cuenta el valor de la hora de trabajo ordinario.
Las horas extras nocturnas son las que se trabajan tras acabar la jornada ordinaria. Eso sí, en horario nocturno. Es decir, de 9 de la noche a 6 de la mañana del siguiente día.
Para que el empleado pueda laborar horas extras, el empleador debe solicitar autorización al Ministerio del Trabajo. Salvo en las tareas contempladas en el artículo 162 del Código Sustantivo del Trabajo.
Esta nocturnidad se remunera con un recargo del 75% sobre el valor de la hora ordinaria. El salario mínimo fijado en Colombia es de $1.000.000.
Por tanto, si lo calculas sobre este, la hora laboral ordinaria tendrá un valor de $4.167. Y aplicando el recargo nocturno equivaldría a $7.300.
Si un empleado trabajó el viernes una hora extra nocturna, su salario equivaldría a $1.007.300. En este sentido, la ley estipula que este tiempo nocturno no puede exceder las:
No obstante, la ley le permite al trabajador cumplir con su horario laboral en la noche. Es decir, puede trabajar por la noche sin configurar tiempo extras nocturnas.
En este sentido, solo se haría un recargo por actuar en al noche. Este corresponde al 35% de la hora ordinaria.
Así, un trabajador tiene de salario base $1.000.000 y sus horas de trabajo equivalen a $ 4.167. Por tanto, aplicando el recargo nocturno la hora sería de $5.625.
¿Cuándo se configura una hora extra nocturna festiva? Cuando se trabaja por la noche y fuera de la jornada laboral ordinaria. Es decir, un domingo o dominical de 9 p.m. a 6 a.m.
Si el empleado tiene el salario mínimo legal, este tiempo extraordinario tiene un recargo del 150%. Es decir, si cobra $1.000.000, el valor de la hora ordinaria sería de $4.167.
Por tanto, si se aplica recargo nocturno festivo, la tasa sería de $10.417.
A efectos laborales, el mes tiene 30 días. De tal manera, los salarios remuneran esos 30 días aunque no los trabaje. Ese tiempo está dividido entre días laborales y no laborales:
Eso sí, los días no laborales corresponden a días de descanso remunerado. Es decir, como empleador debes pagar 30 días mensuales.
Por otra parte, la jornada máxima legal es de 8 horas diarias. Por tanto:
30 días x 8 horas diarias = 240 horas mensuales
Ahora, toma el salario mensual y divídelo entre las 240 horas. De esta forma, puedes determinar el valor de la hora ordinaria. Esta es la que se desarrolla según la jornada acordada en el contrato. Y por la que se está pagando el salario.
La ley establece dos tipos de horas extras: diurnas y nocturnas. Así, el trabajo dominical tiene su propio recargo que se acumula o suma con el del trabajo extra.
De esta forma, si se trabaja un domingo se debe recibir el recargo dominical. Pero si además de esto, ese mismo día debe trabajar horas extras se le debe pagar el recargo relativo. Ya sea diurno o nocturno.
Calcular esto de forma manual con plantillas de Excel es poco confiable. Y susceptible de que se comentan errores.
Para facilitar este trabajo, debes mejorar la información y contar con datos reales. Por ello, adquirir un software de bolsa de horas extras es crucial.
En este sentido, Sesame HR cuenta te permite controlar las horas extras. Así como el trabajo suplementario en tiempo real.
Su función de bolsa de horas tiene beneficios como:
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Ricardo López ha forjado una carrera sólida en el ámbito de recursos humanos, destacándose en la administración de nóminas, gestión de relaciones laborales, y asesoramiento en el área de empleo. Su formación académica en derecho laboral y recursos humanos, combinada con su experiencia en empresas como Zeus - Smart Visual Data, Sesame HR, y Grupo Noa's, le ha permitido desarrollar una comprensión integral de la dinámica laboral y la gestión de personal.
Con una experiencia de más de 10 años, ha desarrollado una habilidad probada en la administración de beneficios, la documentación de recursos humanos, y la orientación laboral, Ricardo sigue contribuyendo al desarrollo eficiente y humano de las organizaciones en las que trabaja.