Leyes laborales
Así se pensiona una persona en Colombia
La pensión en Colombia varía si estás desde un fondo público o privado. Aquí te explicamos cómo es cada uno y cuáles son los pasos para pensionarte.
Leyes laborales
La pensión en Colombia varía si estás desde un fondo público o privado. Aquí te explicamos cómo es cada uno y cuáles son los pasos para pensionarte.
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Enrique Laradola
HR Consultant
19 de julio, 2021
En Colombia se pensiona una persona cuando ha cumplido dos requerimientos: las semanas cotizadas y la edad de vejez. Esta es la normal, sin embargo, hay casos excepcionales donde la persona puede pensionarse. Verás entonces, todo lo referente a pensión a continuación.
Es un dinero que tanto los trabajadores dependientes como independientes, reciben al momento de su retiro laboral con base en los aportes que su empresa o él como persona natural hicieron a un fondo de pensión durante su vida laboral.
Existe una serie de requerimientos que se deben cumplir de acuerdo con el régimen de prima media, para el caso de los hombres deben cumplir con una edad de 62 años y en las mujeres la edad requerida es 57 años. Adicional a ello, de acuerdo con el artículo 33 de la Ley 100, que se modificó por la ley 797 del 2003, se exige el cumplimiento de una densidad de 1300 semanas tanto para hombres como para mujeres.
Este régimen de prima media está a cargo del fondo de pensiones del estado, llamado Colpensiones, no obstante el trabajador puede afiliarse a fondos privados. Dependiendo de esto, el proceso de pensión tendrá ciertas variaciones.
Existen en estos fondos varias modalidades de pensión. Una modalidad tiene en cuenta la edad y las semanas cotizadas, que en estos fondos son 1.150, menos que las de Colpensiones.
Una segunda modalidad es por el capital o ahorro individual, aquí te permiten financiar una pensión de por lo menos el 110% de un salario mínimo. Esta les permitiría a las personas tener una pensión anticipada ya que se pueden pensionar más jóvenes.
Finalmente, si por alguna razón cumple con la edad pero no tiene el capital acumulado, puede optar por una pensión de garantía mínima cuando termine de cotizar las 1.150 semanas.
Se pensiona una persona por vejez cuando ha alcanzado la edad requerida por ley para laborar, no obstante recuerda que además debe cotizar ciertas semanas y que esa cantidad varía de acuerdo al fondo, si es privado o público.
Es un derecho al que tienen acceso los cotizantes que al momento de estar afiliados a pensión, tienen una contingencia ya sea enfermedad o discapacidad, o incluso si durante su labor ha disminuido su capacidad para trabajar en más de un 50%.
La posibilidad que tienen los causantes: cónyuge o hijos menores de 18 años o hijos que entre los 18 y los 25 años estén estudiando y dependan del fallecido; de recibir un beneficio pensional mensual del afiliado luego de que este haya fallecido. Antes de la muerte, la persona debe dejar por escrito quienes de sus beneficiarios pueden acceder a esta pensión. A falta de los causantes anteriormente nombrados, se pensionan los padres que dependan del fallecido. Las disposiciones legales de esta clase de pensión se encuentran entre el artículo 46 al 48 de la Ley 100.
Primero debe verificar y estar seguro de haber cumplido con los requisitos para solicitar la pensión. Para fondo público, la edad y las semanas cotizadas (si es pensión por vejez). Para fondo privado, las condiciones que se nombraron previamente. En segundo lugar, debe presentar el formulario de solicitud a su fondo.
Luego, ellos harán la correspondiente evaluación de los documentos y de ser aprobada le indicarán las características, modalidad y monto por el cual se pensiona. Por último, si su solicitud llega a ser rechazada debe presentar una reclamación o apelación para que analicen de nuevo la decisión. En esa reclamación debe exponer por qué considera que la decisión por parte del fondo fue errónea.
Profesional con amplia experiencia de más de 20 años en diferentes áreas de los Recursos Humanos (Selección, Formación, Prevención de Riesgos Laborales, Gestión de Personal).
Amplia visión de la empresa y los RRHH, especializada en selección de personal, gestión de la formación, gestión de la prevención de riegos laborales, gestión del absentismo, administración de RRHH o asistencia a dirección.