Leyes laborales

¿Cómo se calcula la retención en la fuente en Colombia?

¿Sabes de qué trata la retención en la fuente? ¿Quién debe pagar y cómo se calcula el pago? En este artículo, te damos respuesta a todas estas preguntas.


12 de noviembre, 2024

Toda persona natural que devengue ingresos por concepto de salario está sometido a retención en la fuente en Colombia.

En este artículo conocerás el cálculo de la retención en la fuente, los agentes de retención y los conceptos, bases y tarifas de retención para el año 2023.

Retención en la fuente ¿Qué significa?

La retención en la fuente es el cobro anticipado de un determinado impuesto, aunque en realidad es un mecanismo recaudatorio más que un impuesto, que puede ser de ventas, comercio de industria o de renta.

Dado que el estado necesita fluidez de dinero, esta tiene por objeto recaudar de forma gradual y en ejercicio gravable, es decir en un lapso en que se cause, hacer el cálculo de la renta correspondiente ya sea a persona natural o jurídica. Todo esto lo encontrará en el artículo 367 del Estatuto Tributario o en adelante E.T.

Al utilizar este mecanismo se vuelve más fácil y controlable el tributo y se puede reconocer el origen del recaudo. Para dar mayor claridad a continuación verá los elementos que integran este proceso.

Este mecanismo no constituye un impuesto adicional, sino que adelanta el pago de impuestos a la DIAN para evitar una carga tributaria elevada al final del año fiscal.

Importancia de la retención en la fuente:

  • Facilita el recaudo de impuestos: al descontar anticipadamente una parte de los impuestos, la DIAN asegura un flujo constante de ingresos.
  • Evita sorpresas fiscales: para los contribuyentes, el pago adelantado de impuestos ayuda a reducir la carga tributaria final.
  • Promueve el cumplimiento fiscal: los agentes retenedores, como empresas o bancos, se encargan de realizar la retención, fomentando el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Elementos que hacen parte de la retención en la fuente

Agente de retención

Son todas las personas o empresas que fungen como pagadores, por ejemplo los contadores, tesoreros, etc. Quienes terminan convirtiéndose en los recaudadores de este tributo y retienen estos valores con destino al estado.

La idea es trasladarle no solo este control tributario a la DIAN que en Colombia es la Unidad Administrativa Especial de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Por lo tanto, es la entidad que vigila y ayuda en la seguridad fiscal del Estado, sino a los agentes retenedores.

Sujeto pasivo de la retención

La persona a la cual se le hace la retención. Ya sea persona o empresa, debe pagar este tributo de manera anticipada por prestar o vender algún servicio.

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Pago o abono en cuenta

Es en el momento en el cual debe causar dicho mecanismo. Es decir, si hacemos una compra como asalariados, se estaría operando una retención a la fuente por compras y así con cada servicio.

Base de retención

El monto sobre el cual se aplicará la retención.

Tarifa

Son varias las tarifas destinadas a diferentes título, ya sea por renta o por industria, etc. Pero en general es el porcentaje que se le aplica al valor de la operación o base de retención.

Para conocer la base de retención y las tarifas para ciertos bienes y servicios es imperioso remitirse a la tabla de retención en la fuente que cada año el gobierno determina.

¿Cómo calcular la retención en la fuente?

Hay retención en la fuente para un escalafón de servicios o conceptos como salarios, ingresos laborales, dividendos, participaciones, rendimientos financieros y comisiones entre muchas otras.

Para cada concepto hay una base de retención al cual se le aplica un porcentaje de retención, lo puedes consultar en la tabla.

Ahora verás el cálculo de la retención en la fuente para un ejemplo de compra.

Imagina que tu empresa desea hacer cambios en los equipos de cómputo de los distintos departamentos, entonces compras $10’000.000 en electrodomésticos.

En este caso, tu empresa sería el agente retenedor declarante y la empresa que te vendió los electrodomésticos el sujeto pasivo.

Siendo así las cosas y remitiéndote a la tabla de retención en pesos identificarás:

  • El concepto de compras generales (declarantes).
  • La base de retención en UVT, que corresponde a 27.
  • La base de retención en pesos, que en el 2023 sería de $ 1.026.000.
  • La tarifa de retención 2,50%.

La fórmula para el cálculo sería la siguiente:

La retención de renta sería: 10’000.000 * 2.5 % = $250.000

Es decir que el saldo a pagar por los computadores es de 9’750.000

Finalmente los $250.000 mil pesos serán entonces entregados a la DIAN.

Conceptos de retención en la fuente en Colombia

Existen varios conceptos por los cuales se puede aplicar la retención en la fuente en Colombia, cada uno con su propia tarifa. Entre los más comunes están:

  1. Retención en la fuente por renta laboral: aplica a salarios, comisiones, bonificaciones y demás ingresos laborales de empleados.
  2. Retención en la fuente por honorarios y comisiones: aplica a personas que presten servicios como independientes o contratistas.
  3. Retención en la fuente por compra de bienes y servicios: aplica a las compras de bienes y servicios, tanto para personas naturales como jurídicas.
  4. Retención en la fuente por arrendamientos: aplica a los pagos por arrendamiento de bienes muebles o inmuebles.
  5. Retención en la fuente por dividendos y participaciones: aplica a los dividendos o participaciones distribuidos a socios o accionistas.
  6. Retención en la fuente por rendimientos financieros: aplica a los intereses y otros rendimientos financieros obtenidos por los contribuyentes.

Cada uno de estos conceptos tiene diferentes tarifas y bases de cálculo que deben ser aplicadas correctamente según la normatividad vigente.

Tarifas de retención en la fuente en Colombia

La tarifa de retención en la fuente varía dependiendo del concepto y del tipo de contribuyente. Algunas de las tarifas más comunes en 2024 son:

  1. Renta laboral: las tarifas varían según la tabla de retención para salarios, aplicable en función de los ingresos mensuales y deducciones del empleado.
  2. Honorarios y comisiones: para personas naturales con ingresos inferiores a 95 UVT, la retención es del 4%; si superan este límite, la tarifa es del 10%.
  3. Compras de bienes y servicios: la tarifa general es del 2.5% para compras de bienes y del 4% para servicios.
  4. Arrendamientos: la tarifa es del 3.5% para personas naturales y del 4% para personas jurídicas.
  5. Dividendos y participaciones: las tarifas varían dependiendo del origen de los dividendos (gravados o no gravados) y la residencia del accionista.
  6. Rendimientos financieros: la tarifa general de retención en la fuente por rendimientos financieros es del 4% para personas naturales.

Nota: Estas tarifas pueden variar anualmente, por lo que es importante revisar la normativa actualizada de la DIAN.

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cristina-martin-lopez
People and Talent Director en Sesame CO | Web | + posts

Profesional con amplia experiencia de más de 20 años en diferentes áreas de los Recursos Humanos (Selección, Formación, Prevención de Riesgos Laborales, Gestión de Personal).

Amplia visión de la empresa y los RRHH, especializada en selección de personal, gestión de la formación, gestión de la prevención de riegos laborales, gestión del absentismo, administración de RRHH o asistencia a dirección.


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