Gestión de turnos
¿Qué dice el CST sobre la distribución de las horas de trabajo?
En julio del 2021, las horas de trabajo semanales se redujeron de 48 a 42. Aquí te contamos todo sobre la nueva ley de jornada laboral en Colombia
Gestión de turnos
En julio del 2021, las horas de trabajo semanales se redujeron de 48 a 42. Aquí te contamos todo sobre la nueva ley de jornada laboral en Colombia
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Enrique Laradola
HR Consultant
14 de octubre, 2021
¿Cuántas horas de trabajo tardará cada uno de tus trabajadores para cumplir su labor? Para que esto quede bien estipulado a la hora de contratar a una persona, es imperioso que los empleadoras conozcan todo sobre la jornada laboral y lo que determina el Código Sustantivo del Trabajo (CST) al respecto.
Hace referencia al número de horas que el trabajador debe laborar en un día según lo pactado en el contrato de trabajo de manera verbal o escrita, y por la que se le paga el salario estipulado por los dos, trabajador y patrón.
En Colombia existen las horas de trabajo diurnas y las horas de trabajo nocturnas(véase en el art. 160 del CST) Las primeras corresponden al periodo entre las seis horas, es decir 6:00 am y las veintiún horas, o sea 9:00pm.
En cambio las horas nocturnas se realizan en el periodo comprendido entre las 9:00pm y las 6:00am.
Ahora bien, independiente de como sea la jornada de trabajo, el artículo 167 del CST ordena que las horas de trabajo durante una jornada deben distribuirse en dos partes. Divididas por un periodo de descanso que se adapte especialmente a las necesidades del empleado.
Importante que tengas en cuenta que este espacio de descanso no se computa en lo que se considera jornada.
Dentro de las horas que puede trabajar un colaborador, también existen las horas extras que como su nombre lo indican son horas que se laboran adicional a la jornada ordinario o máxima. Generalmente la máxima era de 8 horas diarias.
Con las actuales modificaciones, la distribución de la jornada laboral diaria resultará de la distribución de las horas semanales que se deben repartir en 6 o 5 días. Así lo determina el artículo 161 del CST.
En esto último no hay que perder de vista que la cantidad de días mencionados anteriormente, tienen las siguientes limitantes en la distribución de las horas.
De acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y la Organización Internacional de Trabajo (OIT) Colombia es uno de los países en el mundo en los que más horas de trabajo se laboran en promedio por semana.
Al igual que México, Turquía y algunos países Sudafricanos, son países que aun igualan la productividad de una empresa con la cantidad de horas que laboran sus colaboradores. Y aun así, reflejan precarias condiciones laborales y salariares.
Por eso se debe impulsar una política pública que priorice los resultados y no las jornadas, que sea una gana-gana para las dos partes.
En 2021 en el mes de julio bajo firma presidencial, quedó estipulada la reducción de la jornada laboral pasando de 48 horas a 42 horas semanales.
La ley 2102 de 2021 dispone entonces que será el empleador quien empiece a implementar el cambio gradual de la jornada laboral de la siguiente manera:
Pasados los cuatro años de entrada en vigencia y conforme a lo establecido en la ley, todo el territorio debe acogerse a las 42 horas semanales de trabajo. Se espera que esto sea para el año 2026.
Profesional con amplia experiencia de más de 20 años en diferentes áreas de los Recursos Humanos (Selección, Formación, Prevención de Riesgos Laborales, Gestión de Personal).
Amplia visión de la empresa y los RRHH, especializada en selección de personal, gestión de la formación, gestión de la prevención de riegos laborales, gestión del absentismo, administración de RRHH o asistencia a dirección.